Acceso a la Información Pública

¿QUÉ ES ?

 

La Ley que Garantiza la Transparencia y el Derecho a la Información Pública para el Estado de Chiapas nos dice en su Art. 70 que:
Toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información de cualquiera de los sujetos obligados.
La solicitud podrá presentarse

  1. Por medio del Sistema INFOMEX Chiapas en http://www.infomexchiapas.gob.mx/
  2. Por escrito o verbalmente ante la Unidad de Acceso a la Información Pública del sujeto obligado correspondiente.

Deberá contener los siguientes requisitos:
I. Nombre de la autoridad a quien se dirija y los datos que permitan identificarla.
II. Nombre del solicitante, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilidad.
III. Señalar el medio a través del cual el solicitante pueda recibir notificaciones:

  1. a) Por correo electrónico; y/o,
  2. b) Por estrados.

IV. Datos del representante legal, en caso de que lo hubiera.
V. Los datos claros y precisos que permitan identificar la información que requiere.
VI. Cualquier dato que propicie la localización de la información.
VII. La información se otorgará

  1. Por escrito;
  2. Mediante consulta física;
  3. En copias simples o certificadas;
  4. Por medio de comunicación electrónica;
  5. En medio magnético u óptico, y cualquier otro medio posible.

El tiempo ordinario de respuesta de los sujetos obligados es de 20 días hábiles como máximo, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de presentación. Sin embargo, pueden existir circunstancias que obliguen a solicitar una prórroga hasta por un periodo igual al ya señalado.
Las resoluciones en este procedimiento se notificarán por estrados, por medio del sistema y por correo electrónico si el solicitante lo proporcionó.
En caso de que la información solicitada esté clasificada, se comunicará al interesado dentro del término de los veinte días hábiles siguientes a la presentación.
Si la solicitud de información no se hubiese satisfecho, el solicitante podrá interponer el recurso.