De la Coordinación de Vinculación Social

Artículo 22.- Son atribuciones de la Coordinación de Vinculación Social:

I.- Planear, programar, organizar, ejecutar y evaluar, el desarrollo de los programas institucionales y acciones encomendadas a su cargo;

II.- Cooperar con las autoridades educativas en la preparación de planes, programas de estudio y diseño de material didáctico que versen sobre la importancia social del derecho de acceso a la información pública, el derecho de protección a los datos personales y la cultura de la transparencia, para su inserción en el sistema educativo estatal;   

III.- Establecer las bases de coordinación entre los sectores educativos, empresariales, organismos civiles y sociales para la promoción de la cultura de transparencia, de acceso a la información pública y protección de datos personales;

IV.-Establecer los vínculos y mecanismos de apoyo interinstitucional con los Ayuntamientos, así como capacitar y actualizar en forma permanente a los servidores públicos en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales;

V.- Elaborar, proponer y ejecutar los programas de difusión del ejercicio del derecho de acceso a la información pública y de protección de datos personales en todos los municipios del Estado;

VI.- Presentar al Pleno, informes semestrales del desempeño del área a su cargo;

VII.- Brindar y proporcionar asesorías a los Ayuntamientos del Estado de conformidad con las políticas, normas y acuerdos emitidos por el Pleno del Instituto;

VIII.- Proyectar y organizar actividades, eventos culturales y de investigación con instituciones de educación superior, sobre temas que versen en la importancia del derecho de acceso a la información pública;

IX.- Proponer y organizar encuentros, conferencias talleres y/o actos similares que permitan la difusión de la Ley de la materia, en coordinación con organismos públicos civiles y sociales;

X.- Presentar las propuestas de los contenidos para la publicación de artículos revistas, folletos, manuales y demás material de difusión;

XI.- Coadyuvar en la elaboración y ejecución de los programas de aplicación de la Ley;

XII.- Coordinar y dar seguimiento a las actividades de comunicación social del Instituto; y,

XIII.- Las demás que le sean requeridas por el Pleno y/o por el Consejero General.

Del responsable de la Comunicación Social

XIV.- Elaborar y proponer el programa anual para la Campaña de difusión del Instituto ante los diferentes medios masivos de comunicación de la Entidad;

XV.- Monitorear los diferentes medios masivos de comunicación de la Entidad y elaborar las síntesis informativa;

XVI.- Diseñar y ejecutar las campañas de difusión para el posicionamiento del Instituto ante la sociedad;

XVII.- Estructurar los contenidos de spots de radio y televisión, así como dar seguimiento a las acciones para el cumplimiento de la promoción de una cultura de transparencia, de acceso a la información publica y protección de datos personales;

XVIII.- Establecer los vínculos de coordinación institucional con el Sistema Chiapaneco de Radio y Televisión y Coordinación de Comunicación Social de Gobierno del Estado y otros;

XIX.- Elaborar un padrón de los representantes de los diferentes medios de comunicación;

XX.- Proponer la contratación de publicidad en los medios masivos de comunicación en el estado;

XXI.- Convocar y organizar a los diferentes medios de comunicación cuando así se le requiera;

XXII.- Proponer, elaborar y circular, los comunicados de prensa, previa autorización del Consejero General;

XXIII.-  Proponer y elaborar las notas informativas para el portal de internet del Instituto previa autorización del Consejero General;

XXIV.- Proponer y elaborar el material audiovisual que se necesite;

XXV.- Realizar el registro fotográfico y videográfico de las actividades del Instituto;

XXVI.-Presentar los informes semestrales de los avances de los programas y del desempeño de las actividades a su cargo; y,

XXVII.- Las demás que el Pleno y/o el Consejero General le confiera.

<<regresar

Última actualización: 15-oct-08

IAIP-Chiapas 2008
Esta página se ve mejor a una resolución de 800 x 600